Categoría: aves

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Voluntariado Ambiental Clot de Galvany

     Buenos días! Hace tiempo que no se actualizaba el Blog y ya toca! Hace unos días Más allá de la Ciudad se dirigió al Paraje Natural Municipal Clot de Galvany (Elche) situado en la  costa, entre bungalows y edificios vacíos debido al boom urbanístico de los últimos años, para participar en una jornada de reforestación. 

     Primero de todo decir que si en España somos expertos en algo es en llegar tarde a todos lados. El evento, organizado desde la Oficina Ambiental de la Universidad Miguel Hernández, comenzaba a las 9:20 am, más de una hora después de la hora fijada. A las 8:15 solo estábamos allí 4 gatos. Tras esperar al resto de gente y que los 4 gatos tuviésemos que ir a por los bocadillos... emprendemos la marcha hacia el Clot. 

     El sol brillaba y la temperatura iba ascendiendo con el paso de los minutos, algo que por la mañana se agradece pero cuando llevas 30 minutos con la azada hubieras preferido que saliera el día nublado. 


Aquí podemos observar la presión urbanística
que sufre la zona
     Al llegar al lugar, el Director y los Técnicos del Paraje, nos dan unas breves referencias del lugar en el que nos encontramos, de la situación actual (jodida) y de las previsiones de futuro. Nos indican el lugar donde realizaremos la reforestación (el mismo que hace un año). Nos aseguran que en el Clot el porcentaje de plantas reforestadas que sobreviven a las duras condiciones del lugar es de un 40%, un 20% por encima de reforestaciones producidas en la comarca. 

Uti dando el callo
      Nuestro trabajo se basa principalmente es quitar las matas muertas del año pasado y sustituirlas por las que nos han proporcionado. Las especies elegidas son la efedra (Ephedra fragilis), lentisco (Pistacia lentiscus), y coscoja (Quercus coccifera), tres especies representativas de la costa mediterránea. Eramos unos 35 voluntarios y cada uno llegamos a plantar de 3 a 5 plantas en unos 30 minutos, algunos mejor que otros, todo hay que decirlo. 

     Después de 4 horas, desde que nos despertamos y desayunamos (unos más que otros) por fin obtenemos nuestra recompensa... el bocadillo! Bajo la sombra de los pinos, en la zona de picnic, nos relajamos y nos alimentamos (los bocatas de tortilla volaron). 

P.D.: una camiseta de regalo no habría estado mal la verdad... pero la cosa está muy chunga! 

Más fotos (pinchar para verlas en grande): 

Vamos Irene que tu puedes!

Yo poniendo cara de esfuerzo



Fran Mercader

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El Día Mundial de las Aves

Este fin de semana se ha celebrado el Día Mundial de las Aves, una iniciativa que surgió hace 25 años desde SEO/BirdLife y que pretende dar a conocer la importancia de la conservación de este grupo faunístico. Muchos amantes de la naturaleza antes...
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Figuras de protección IV: la UICN tiene la solución



La Unión Internacional para la Conservación de la Naturalezatiene definidas seis categorías de protección de los espacios naturales, que van desde el mantenimiento de las características originales de un entorno hasta el manejo sostenible de los recursos.

Las categorías del organismo internacional están reconocidas y aceptadas por entidades como Naciones Unidas y el Convenio sobre la Diversidad Biológica, así como por gobiernos nacionales, que las utilizan como base para establecer sus propios criterios.

Es por ello que la selección de criterios y la lista de categorías debería servir para aunar los niveles de protección, al menos en España donde, por debajo de la categoría de Parques Nacionales, cada comunidad autónoma puede definir sus propios espacios y criterios de elección de los lugares que quiere preservar.
Cartel de advertencia en el Parque Nacional del Teide, que protege este importante volcán español. (@CTRL+L, Flickr)


Igualmente, me parece que un criterio común de carácter internacional no podría ser más que beneficioso, de forma que una figura de protección en un país fuera exactamente igual que en otro. Esto podría dar lugar a más proyectos de cooperación entre estados, que no solo dieran un aporte a la naturaleza, sino que sirvieran de motor para una mejor convivencia entre naciones a partir de unos objetivos compartidos, como son los de proteger el planeta en el que vivimos todos.

La clasificación de la UICN es la siguiente:

Categoría I: protección estricta.

Dentro de la categoría más protectora existen dos figuras, la Reserva Natural Estricta y el Área Natural Silvestre. La primera categoría entiende zonas de tal valor ecológico y tan frágiles que no deben ser influenciadas por el ser humano de ninguna manera, esto es, que no solo estaría prohibida cualquier tipo de construcción o actividad sino la simple visita a los espacios.

La segunda es algo menos restrictiva y contempla el disfrute de los valores naturales de estos espacios. Viendo el ejemplo de las excursiones en quad por el Parque Nacional de los Picos de Europa, creo que en España no existen figuras de protección tan exigentes.

Categoría II: conservación y protección del ecosistema.

En este nivel estarían incluidos los Parques Nacionales, ya que se basan en la protección de la biodiversidad natural y el ecosistema pero sin dejar de lado la promoción de la educación y el uso recreativo. Este último término se podría entender como la práctica de senderismo, visitas guiadas o actividades de formación de escolares y universitarios, bien sea para introducirlos en el mundo de la protección de la naturaleza o para ampliar sus conocimientos técnicos.

El Parque Nacional de Yosemite, en Estados Unidos, es probablemente el más famoso a nivel mundial. (@Avatarmin, Flickr)
Categoría III: conservación de los rasgos naturales.

En el tercer escalón de la clasificación se incluyen los Monumentos Naturales, que pretenden proteger y ensalzar los valores ecológicos de zonas determinadas. Aquí podemos hablar de lugares especiales, de zonas de gran singularidad, como pudiera ser la desembocadura de un río, una montaña, un islote, unos manantiales… Esta figura sí existe, por norma general, en las categorías de protección autonómicas en España, aunque no siempre con las mismas especificaciones.

Categoría IV: conservación mediante manejo activo.

En este nivel se incluyen las Áreas de Manejo de Hábitats o Especies, cuyo objetivo es mantener, conservar o restaurar especies y hábitats. Aquí se podrían incluir, por ejemplo, humedales que sean zona de paso de aves migratorias, que deban ser cuidadas para poder seguir recibiendo estas visitas anualmente y salvaguardar así su riqueza.

La relación obvia es el Parque Regional del Sureste de la Comunidad de Madrid y su laguna contaminada, que ha provocado la muerte de aves y está modificando los itinerarios de estos animales.

Categoría V: conservación de paisajes terrestres y marinos y recreación.

Aquí se incluyen los Paisajes Terrestres y Marinos Protegidos, con el fin de conservar la naturaleza asociada a ellos y otros valores surgidos de la interacción antrópica. En esta categoría se podrían incluir prácticas tradicionales compatibles con la protección del medio ambiente o que no lo dañaran en exceso.

Rápidamente se viene a la cabeza, en la penúltima categoría, los Parques Naturales y Regionales, que buscan un desarrollo sostenible de zonas rurales, mediante actividades socioeconómicas respetuosas con el entorno.
El muflón es una tradicional especie cinegética. (@nehad1, Flickr)
En este nivel de protección, una actividad tradicional comola caza, desarrollada de forma sostenible y respetando el medio y las especies implicadas, que favorezca el crecimiento de la economía local, podría ser válida.

Categoría VI: uso sostenible de los recursos naturales.

Las últimas zonas protegidas de la UICN serían las Áreas Protegidas Manejadas, donde entraría por completo el desarrollo sostenible, esto es, la protección de ecosistemas no reñida con el uso de los recursos naturales, de forma que se logre un beneficio mutuo. Esta es, curiosamente, la definición que más se acerca a las figuras españolas que hemos visto, donde la actividad humana no cesa, sino que intenta adaptarse al medio y respetarlo.

¿Se puede cuidar el ambiente de esta manera? No es cuestión de imponer los criterios de protección más restrictivos en todas las áreas, puesto que no nos quedaría sitio para vivir y desarrollar nuestras actividades, pero sí de proteger lo mejor posible aquellas áreas cuyos valores ecológicos sean sobresalientes y contribuyan al mantenimiento del equilibrio natural, algo que es imprescindible para mantener la vida en la Tierra.

Después de estas cuatro entradas sobre figuras de protección, ¿es tan descabellada la pregunta que formulaba al principio?


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Y yo con estas pintas…

En la edad adulta parece que todos nos hemos olvidado ya de aquellos años de cambio, cuando hizo mella en nosotros esa fase conocida como pubertad. En plena adolescencia seguro que vivimos algún que otro episodio curioso, se nos puso el pelo rizado d...
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Figuras de protección III: Parques Regionales



Otra de las figuras de protección de los espacios naturales en España son los Parques Regionales. Como en el caso de los Parques Naturales, cada Comunidad Autónoma tiene la potestad de definir y declarar estos espacios, por lo que tampoco existe una definición a nivel estatal.

Por continuar con el ejemplo de Castilla y León, podemos tomar la Ley 3/1996, de 20 de junio, de Declaración de Parque Regional de la Sierra de Gredos, como ejemplo para intentar definir este tipo de espacios naturales.


La norma habla de instaurar el Parque para conservar los ecosistemas naturales y valores paisajísticos, en armonía con los usos, derechos y aprovechamientos tradicionales. Además, menciona los derechos históricos de la población afectada, el desarrollo de actividades y el crecimiento socioeconómico de la población local.

La finalidad y los objetivos del Parque Regional de la Sierra de Gredos y del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina tienen una gran semejanza. Entonces, cabe preguntarse: ¿en qué se diferencian ambos niveles de protección?
El Parque Regional de la Sierra de Gredos está en Castilla y León. (@proyectocampoadentro, Flickr).
Para dar respuesta a esta pregunta es necesario consultar los niveles de protección que establece, a nivel mundial, la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), e intentar ubicar cada espacio en una categoría definida por el organismo.

Los resultados son muy variables, de forma que dos espacios con diferentes niveles de protección en España o distintos nombres, determinados por los criterios de cada comunidad autónoma, pueden tener las mismas características y pertenecer a una única categoría de la UICN. De la misma forma, dos espacios semejantes a escala nacional o nombrados de igual manera pueden tener características que les ubiquen en diferentes niveles de protección en el contexto internacional.

Para la naturaleza, que es lo realmente importante, este mareo de nombres no es beneficioso. Distintas regiones con similares características pueden carecer de los niveles de protección adecuados por cuestiones burocráticas, como el caso de las zonas áridas de Almería y Fuerteventura, que se ven obligadas a competir por una misma denominación, de manera que una de ellas no podrá ser Parque Nacional.

Sirva como ejemplo el Parque Regional del Sureste de la Comunidad de Madrid, que comprende territorios de los municipios de Arganda del Rey, Rivas-Vaciamadrid, Getafe, San Martín de la Vega o Pinto. La norma que establece las condiciones de este espacio protegido es la Ley 6/1994, de 28 de junio, sobre el Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama.

Según este texto, se da a entender que la declaración del parque se realiza de forma urgente ante “el creciente grado de explotación del territorio” y sin la previa aprobación de un PORN, es decir, sin ninguna norma que regule su estado.

¿Cuál es la realidad del Parque? Que alberga actividades industriales como canteras de donde se extraen materias primas o polígonos industriales y, lo más preocupante de todo, una laguna contaminadapor vertidos industriales sin control durante años, donde yacen hasta vehículos abandonados, que ha causado la muerte de numerosas aves y de cuya limpieza nadie parece querer hacerse cargo.

Viendo este ejemplo, ¿cuál es la posición de los Parques Regionales en la clasificación de los niveles de protección de espacios en España? Cuantos más espacios se conocen, más complicado es responder esta pregunta porque, afortunadamente, el caso extremo del Parque Regional del Sureste de la Comunidad de Madrid no debe ser referente de la gestión de estos espacios en otras autonomías españolas.

Por poner un ejemplo de la disparidad de criterios, la Comunidad de Madrid tiene 3 Parques Regionales por 2 de Castilla y León (más de 11 veces mayor en extensión), mientras que solo posee un Parque Natural (Castilla y León tiene 12).

El resto de figuras de protección en España son muy variadas y creo que no merece la pena comentarlas una por una en este blog. En mi opinión, las principales figuras son los Parques Nacionales, Naturales y Regionales, mientras que las demás denominaciones no son más que combinaciones, más o menos acertadas, de los niveles de protección de la UICN, que no consiguen más que confundir al ciudadano, que debería ser partícipe de la protección ambiental, no verla como un asunto ajeno y fuera de la realidad.

La conclusión clara de todo esto es que la naturaleza no entiende las leyes humanas, que hay zonas que debemos proteger por sus valores ecológicos y la mejor forma de hacerlo sería aunando criterios y no dejando las decisiones acerca de cuidar un territorio en manos de gente inexperta y sin los suficientes conocimientos. Y, por supuesto, que ninguna traba administrativa le ganase la batalla al planeta.
Los paisajes españoles se pueden conservar con mejores leyes de protección. (@mupfl08, Flickr)




El hecho de que consejeros de medio ambiente de 17 comunidades autónomas, elegidos a dedo y, en la mayoría de los casos, sin conocimientos técnicos, tengan la capacidad de decidir los nombres y niveles de protección de las áreas naturales de nuestro país, es únicamente perjudicial para estos parajes.

Una legislación a nivel estatal que estableciera seis niveles de protección perfectamente definidos ayudaría mucho más al medio ambiente. No hay que olvidar que el objetivo es proteger nuestro planeta, no ganar una ficticia competición de quién hace mejor la tarea ambiental.

Es por ello que la UICN dispone de unos niveles de protección de espacios naturales mundialmente reconocidos y no somos quiénes para desautorizar a este organismo internacional. La situación óptima sería una sola clasificación de zonas protegidas basada en estos criterios.