Una isla en el interior de un Parque Nacional de alta montaña

Publicado en: manuelmedioambiente por Manuel Oñorbe. Texto original

Es cierto que sobre una gran parte de los espacios naturales protegidos del territorio español, especialmente si tenemos en cuenta la Red Natura 2000, existe un solapamiento de áreas protegidas. Como muestra el índice de protecciones por espacios naturales del proyecto Pandora, existen territorios que pueden llegar a albergar hasta un máximo de 7 espacios naturales, definiendo “diferentes niveles de solape en materia de protección y gestión”. No obstante, salvo excepciones, esta superposición no se produce entre figuras de protección definidas según normativa de ámbito nacional y autonómica (Parques Naturales, Parques Nacionales, etc.). En consecuencia, la declaración de un Parque Nacional, máxima figura de protección en la legislación española, conlleva la reestructuración de las áreas protegidas presentes en el territorio.

La aprobación del Parque Nacional de Guadarrama, el 25 de junio de 2013, no fue una excepción en este sentido. Tras la declaración de este Espacio, quedaron solapados varias miles de hectáreas con el “Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares”, así como la práctica totalidad del “Parque Natural Cumbre, Circo y Lagunas de Peñalara”.

“La práctica totalidad” a excepción de una pequeña “isla” o “enclavado” de 40 hectáreas.

Solapamiento entre el Parque Nacional de Guadarrama, Parque Natural de Peñalara y Parque Regional Cuenca Alta del Manzanares

Solapamiento entre el Parque Nacional de Guadarrama, Parque Natural de Peñalara y Parque Regional Cuenca Alta del Manzanares

Ante esta situación, la Administración a través de la Ley 6/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, resolvía:

  • Respecto al solapamiento entre “Parque Regional y Parque Nacional”: desclasificando “como ámbito territorial del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, los terrenos del mismo”, siendo incorporados al Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.
  • Suprimiendo el “Parque Natural de la Cumbre, Circo y Lagunas de Peñalara”.
  • Integrando el enclavado de 40 hectáreas dentro el “Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares”.

La nueva configuración de los Parques pasaba a ser la siguiente:

Situación del Parque Nacional de Guadarrama, y Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares en la actualidad

Situación del Parque Nacional de Guadarrama, y Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares en la actualidad

En lo que respecta al solapamiento entre Parque Nacional y Parque Regional, no hay duda de que la solución óptima, o cuanto menos razonable, consiste en asignar la figura de protección de mayor rango a los terrenos coincidentes.

Por el contrario parece singular la decisión de integrar la “isla” de 40 hectáreas perteneciente a la Cuenca del río Lozoya dentro del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares. Ambos territorios se encuentran separados en más de 11 kilómetros y presentan características ecológicas que distan bastante entre sí.

Esta “isla”, se incluye dentro de las dos mil hectáreas que conforman el “Monte Cabeza de Hierro” o “Pinar de los Belgas”. Un espacio adquirido en 1.840 por la “Sociedad Belga de los Pinares del Paular”, que lo ha explotado y conservado hasta épocas recientes. En los últimos años el pinar dejó de ser rentable, y el monte privado se puso a la venta.

Detalle de la "isla" o "enclavado" objeto de análisis

Detalle de la “isla” o “enclavado” objeto de análisis

La explotación de este pinar se ha llevado a cabo de forma ejemplar hasta el momento, lo cual ha redundado en la  conservación de algunos ejemplares de pino centenarios y a dar cobijo a especies emblemáticas como el buitre negro (Aegypius monachus).

Pino centenario en el entorno de la "isla"

Pino centenario en el entorno de la “isla” en el momento actual

Llegados a este punto, cabría preguntarse qué alternativas podrían haberse barajado con la finalidad de conservar el enclavado de 40 hectáreas:

Una alternativa, podría consistir en integrar los terrenos privados dentro del Parque Nacional, permitiendo la explotación comercial de los mismos. A este respecto, cabe aclarar en primer lugar, que los límites del Parque Nacional de Guadarrama siguen estrictamente los límites del Monte de Utilidad Pública (MUP) nº 113 “La Cinta Peñalara”. En este sentido, el pinar de los Belgas no formaba parte de este MUP, como explotación privada que era, en el momento de delimitar el Parque.

Dentro de la Red de Parques Nacionales existen numerosos ejemplos donde la propiedad privada representa una gran parte del territorio, como son los Parques Nacionales de Caldera de Taburiente, Cabañeros, Monfragüe o Islas Atlánticas.

Si bien es cierto que hasta época reciente desde la administración central se ha realizado un esfuerzo significativo para consolidar la propiedad pública, la titularidad privada no tiene por qué ser incompatible con la presencia de los Parques Nacionales. Al fin y al cabo, los espacios mencionados son ejemplos donde la conservación se desarrolla en fincas privadas, aunque este aspecto determina en buena medida la gestión de los mismos. La solución de compromiso pasa por instaurar acuerdos que persigan una solución consensuada teniendo en cuenta los intereses contrapuestos, los costes de satisfacerlos, los recursos disponibles y las posibles compatibilidades de usos.

Entorno de la "isla" objeto de estudio en el momento actual

Entorno de la “isla” objeto de estudio en el momento actual

La explotación de una masa forestal con fines lucrativos en el interior de un Parque Nacional era una alternativa implanteable hasta hace poco, que ya no lo es tanto, si tenemos en cuenta la nueva Ley de Parques Nacionales. No obstante, en el caso que nos ocupa, esta opción quedó descartada desde el momento en el que el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Guadarrama, prohibía expresamente la tala comercial dentro de sus terrenos. En todo caso, se trata de una actividad no rentable en el momento actual.

Otra alternativa pasaría por integrar el enclavado dentro del Parque Nacional, mediante su adquisición por parte de la administración. Opción por la que han apostado  científicos y conservacionistas desde los primeros intentos de declaración del Parque Nacional. Esta alternativa se ha tanteado en más de una ocasión, resultando las negociaciones infructuosas.

También podría plantearse crear una nueva figura de protección, con rango de Parque Natural que incluyera no sólo la “isla” objeto de estudio, sino la totalidad o buena parte del Pinar de los Belgas (el correspondiente a cada Comunidad Autónoma), donde fueran compatibles los usos y aprovechamientos, y que la administración incentivara a los propietarios privados a conservar los recursos de sus fincas. La extensa masa forestal, formaría en este caso una unidad de gestión continua y coherente con sus características ecológicas.

Otras alternativas podrían pasar por la adquisición de la “isla” por entidades conservacionistas privadas, la creación de un monumento natural, de una reserva de fauna o una microrreserva. En todo caso, y teniendo en cuenta que el objetivo último debiera ser conservar este espacio, la solución adoptada por la administración no parece, desde el punto de vista ecológico la alternativa óptima.

por Manuel Oñorbe


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