Publicado en: productor de sostenibilidad - productor de sostenibilidad por alvizlo. Texto original
La certificación energética de edificios ha dado mucho que hablar, especialmente por el retraso en la aprobación de la norma que transpusiera al ordenamiento jurídico nacional la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios.
Sus implicaciones son muchas y variadas, incidiendo en aspectos que van de la pobreza energética a las emisiones de efecto invernadero. Pasando por el coste de las certificaciones y una de las cuestiones que más expectación ha creado en relación a esta nueva norma: la creación de un nuevo nicho laboral. A este aspecto le dedico hoy una reflexión en la Comunidad ISM.
Es un tema que inquieta, y bastante, a distintos colectivos profesionales, desde aquellos que buscan refugio tras la caída de la actividad en la edificación, hasta los que tienen mucho que decir en relación al modelo energético y sus implicaciones ambientales y sociales. Como ejemplo, podemos ver el interés de los ambientólogos en la definición técnico competente en la certificación energética de edificios.
Así pues, mediante un breve repaso a las definiciones de técnico competente y técnico ayudante, el proceso de certificación y las referencias que justifican tanto la Directiva 2010/31/UE como el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, pretendo aportar otra aproximación a la pregunta Certificación energética ¿esto quién lo hace?.
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